miércoles, octubre 22, 2025
 

Europa ajusta su Ley de Productos Libres de Deforestación: impacto y reacciones desde Argentina

La Comisión Europea propuso cambios para facilitar la implementación de la EUDR. Qué implica para los exportadores y cómo responde Argentina.

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La ley no se frena, pero el camino se suaviza. En medio de un complejo entramado de normas, intereses comerciales y desafíos tecnológicos, la Comisión Europea anunció este martes una propuesta de modificaciones técnicas a la Ley de Productos Libres de Deforestación (EUDR, por sus siglas en inglés), con el objetivo de facilitar su implementación sin alterar su estructura central.

La normativa establece que a partir del 30 de diciembre de 2025 solo podrán ingresar al mercado de la Unión Europea productos que demuestren no estar vinculados con la destrucción de bosques. El requisito abarca desde granos como soja y café hasta carne, aceite de palma, madera, papel y caucho. Para acreditar el cumplimiento, los operadores deben presentar una declaración de diligencia debida, respaldada con información de geolocalización y satelital sobre el origen de los bienes.

Pero el alcance de la medida, sumado a su nivel de exigencia, despertó inquietudes tanto en empresas como en gobiernos de terceros países. Las simulaciones operativas revelaron que la carga sobre el sistema informático —una plataforma digital que centraliza las declaraciones— será mucho más alta de lo previsto. En paralelo, pequeñas empresas, productores agrícolas, cooperativas y actores de las cadenas intermedias comenzaron a advertir sobre los costos y la complejidad del nuevo régimen.

Fue en este contexto que la Comisión propuso un paquete de ajustes puntuales, centrados en tres ejes: simplificar los procesos para ciertos actores, flexibilizar los plazos de aplicación y asegurar que el sistema informático esté plenamente operativo para cuando llegue el momento de aplicar la ley.

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Quiénes deberán declarar (y quiénes no)

Una de las principales modificaciones se refiere a la responsabilidad sobre las declaraciones. Mientras que el diseño original exigía que todos los eslabones de la cadena —desde el importador hasta el último transformador— presentaran su propia documentación, la nueva propuesta libera de esta obligación a los actores intermedios.

Por ejemplo, si una empresa importa granos de cacao y los coloca en el mercado europeo, será ese primer operador quien deba cargar la declaración en el sistema. Las compañías que luego compren ese cacao para producir chocolate, en cambio, podrán simplemente transmitir la información inicial sin generar una nueva declaración. Esto aplica también a fabricantes de muebles, procesadores de soja o minoristas que comercialicen productos ya verificados por sus proveedores.

En paralelo, se introducen beneficios específicos para pequeños productores primarios —como agricultores o silvicultores— siempre que estén radicados en países clasificados como de riesgo bajo. En lugar de cargar múltiples declaraciones de diligencia debida, podrán presentar una única declaración al momento de registrarse en el sistema. En algunos casos, incluso quedarán exentos si la información ya se encuentra en bases de datos oficiales del país.

Este cambio apunta a reducir significativamente la carga administrativa para miles de pequeños actores, tanto dentro como fuera de Europa.

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¿Qué son los países de bajo riesgo?

La Ley establece tres niveles de riesgo para los países: bajo, estándar y alto. Esta clasificación se basa en criterios como tasas históricas de deforestación, políticas nacionales de conservación, transparencia y mecanismos de trazabilidad. Los países considerados de riesgo bajo acceden a regímenes simplificados, mientras que los de riesgo estándar o alto deben cumplir con todos los requisitos de trazabilidad, geolocalización y diligencia debida.

Los países de riesgo bajo se benefician con procedimientos simplificados, menores tasas de inspección y requisitos administrativos más ágiles. En cambio, aquellos calificados como de riesgo estándar deben cumplir con todas las obligaciones de diligencia debida, incluyendo documentación geoespacial, certificaciones y trazabilidad integral. Los de riesgo alto, por su parte, enfrentan medidas aún más estrictas.

Argentina busca revertir su clasificación como país de riesgo estándar

En mayo de 2025, la Comisión Europea ubicó a Argentina en la categoría de riesgo estándar, junto con Brasil y Paraguay. La decisión sorprendió al sector agroexportador local, sobre todo al compararse con competidores directos como Uruguay, Estados Unidos y China, que fueron considerados de riesgo bajo y accedieron a un régimen mucho más ágil.

La diferencia no es menor. Estar en el grupo de riesgo estándar implica que, para ingresar al mercado europeo, las exportaciones argentinas deben enfrentar exigencias adicionales: al menos el 3 % de los embarques quedan sujetos a inspecciones aleatorias, se requieren auditorías satelitales, certificaciones ambientales detalladas y sistemas de trazabilidad completos. Cada uno de estos pasos encarece la operatoria y complica la logística.

Según estimaciones de cámaras exportadoras, esos requisitos pueden aumentar entre un 5 % y un 15 % los costos por operación. Pero el problema no es solo económico. Las demoras asociadas al cumplimiento documental y las inspecciones pueden traducirse en contratos perdidos frente a proveedores que operan con menos restricciones. En un mercado tan competitivo como el europeo, donde los tiempos, los certificados y las garantías pesan tanto como el precio, la posición relativa es clave.

La Comisión Europea tiene previsto revisar formalmente las categorías en 2026, pero el gobierno argentino y el sector privado coinciden en que esperar tanto no es una opción viable. Cada mes que pasa bajo condiciones más estrictas representa una pérdida concreta de competitividad. Por eso, ambos actores están trabajando de forma conjunta para lograr una reclasificación anticipada que refleje los avances técnicos y regulatorios alcanzados por el país.

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¿Qué es VISEC?

Tras conocerse los nuevos ajustes en la normativa europea, CIARA-CEC —la cámara que agrupa a las principales empresas exportadoras del complejo sojero— expresó en sus redes sociales la disposición del sector a cumplir con los nuevos requisitos y puso en valor el trabajo realizado para garantizar trazabilidad ambiental.

“La cadena de la soja está lista para cumplir”, señalaron desde la entidad, destacando “el enorme esfuerzo de todos sus eslabones”. También afirmaron que “podemos construir una plataforma creíble y confiable como VISEC”.

VISEC (Visión Sectorial Gran Chaco) es una iniciativa nacional de trazabilidad ambiental y social impulsada por actores públicos y privados, que permite mapear los lotes productivos, certificar el origen libre de deforestación y generar documentación compatible con los estándares europeos. El sistema ya está operativo y busca ser reconocido formalmente por la Unión Europea como herramienta válida de cumplimiento. Según CIARA-CEC, se continúa trabajando junto a la Cancillería argentina para lograr ese objetivo, además de avanzar hacia una eventual reclasificación del país como de riesgo bajo.

CIARA-CEC también cuestionó de forma explícita uno de los puntos más controvertidos del reglamento: la exigencia de segregación física a lo largo de toda la cadena. Este requisito implica que los productos trazados como libres de deforestación deben mantenerse separados del resto en cada etapa —desde el campo hasta el puerto—, sin mezclarse en silos, camiones, plantas de procesamiento ni barcos. Según la entidad, esta medida encarece innecesariamente la operatoria sin aportar mejoras sustantivas en trazabilidad ni control ambiental.

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Fechas, transiciones y ventanas de gracia

Aunque la ley mantiene su fecha formal de entrada en vigor para grandes y medianas empresas el 30 de diciembre de 2025, la propuesta introduce un período de gracia de seis meses para que los controles y la aplicación efectiva comiencen recién a partir del 30 de junio de 2026. Las micro y pequeñas empresas, en tanto, tendrán plazo hasta el 30 de diciembre de 2026 para adaptarse al nuevo régimen.

Este cronograma diferenciado busca acompañar la preparación técnica de los distintos actores y dar margen para que el sistema informático pueda absorber el volumen de datos y transacciones esperado. Desde su lanzamiento en diciembre de 2024, la plataforma ha sido desarrollada en diálogo con las partes interesadas, pero nuevos cálculos sobre la cantidad de operaciones previstas obligaron a replantear su capacidad.

Además, la Comisión trabaja en planes de contingencia en caso de que el nuevo paquete de enmiendas no sea adoptado a tiempo por el Parlamento Europeo y el Consejo. De no mediar una aprobación formal, la ley original seguiría su curso sin los ajustes propuestos.

Lo que viene

La propuesta presentada por la Comisión aún debe ser debatida y adoptada por el Parlamento Europeo y los gobiernos de los Estados miembro. Las próximas semanas serán clave para definir si las flexibilizaciones propuestas entran en vigor tal como fueron presentadas o si se introducen nuevas modificaciones.

Mientras tanto, el tablero global sigue en movimiento. Países exportadores como Brasil, Indonesia y Estados Unidos han manifestado sus reservas sobre el impacto comercial de la normativa, al tiempo que crecen las presiones internas en Europa para equilibrar sus objetivos ambientales con la competitividad empresarial.

En este contexto, la EUDR se consolida como uno de los mayores experimentos regulatorios del mundo para frenar la deforestación mediante herramientas de mercado. El cómo, el cuándo y el con qué nivel de exigencia siguen siendo objeto de ajustes. Pero el rumbo —al menos por ahora— parece mantenerse firme.

 
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